Cómo cambiar de administrador de fincas: guía paso a paso (2026)

Cómo cambiar de administrador de fincas paso a paso: qué dice la LPH, mayoría para el cese, preaviso del contrato y la documentación que te deben entregar.

Dos carpetas de documentación de una comunidad de propietarios sobre una mesa, una cerrada con el nombre del administrador saliente y otra abierta lista para el nuevo administrador, junto a un portátil con el estado de cuentas.

Cambiar de administrador de fincas suena a marrón burocrático, y por eso muchas comunidades aguantan años con uno que no contesta el teléfono, que tarra meses en pasar las cuentas o que no se entera de la mitad de las averías. La realidad es más sencilla de lo que parece: cambiar de administrador de fincas es un acuerdo de mayoría simple en junta, y el procedimiento, bien hecho, cabe en una sola reunión.

Lo que sí complica las cosas no es la votación, sino lo de antes y lo de después: revisar el contrato para no pagar una indemnización, redactar el orden del día sin que el acuerdo sea impugnable, y conseguir que el administrador saliente entregue toda la documentación de la comunidad. Esta guía recorre el proceso paso a paso, con los artículos de la Ley de Propiedad Horizontal que lo respaldan y los errores que vemos en comunidades reales.

Qué dice la LPH sobre el administrador

El administrador es uno de los órganos de gobierno de la comunidad (art. 13.1 LPH), junto al presidente, los vicepresidentes, el secretario y la junta de propietarios. La ley deja dos cosas claras que conviene tener presentes antes de plantear un cambio:

  • A quién nombra y quién cesa. El administrador lo nombra la junta, y solo la junta puede cesarlo. No es decisión del presidente ni del propio administrador.
  • Cuánto dura el cargo. Salvo que los estatutos digan otra cosa, el nombramiento es por un año (art. 13.7 LPH). Pero ese mismo artículo permite remover al administrador antes de que termine su mandato por acuerdo de la junta. Es decir: no tienes que esperar a que se cumpla el año.

Aquí hay un matiz importante que confunde a mucha gente. Hay que distinguir entre el cargo (la relación que regula la LPH) y el contrato de servicios (la relación civil entre la comunidad y el administrador profesional). El cargo lo cesa la junta cuando quiera. El contrato, en cambio, suele tener un plazo de preaviso que conviene respetar para no pagar de más. Volvemos sobre esto en el paso 1.

Si tu comunidad no tiene administrador externo y las funciones las asume el presidente, no hay nada que “cambiar”: lo que toca es decidir en junta si contratáis a uno. Para entender qué tareas recaen en cada figura, mira la guía de funciones del presidente de la comunidad.

Antes de cambiar: ¿de verdad lo necesitas?

Cambiar de administrador tiene un coste de transición real —el traspaso de documentación, el alta del nuevo, el periodo de adaptación—, así que merece la pena confirmar que el problema es el administrador y no otra cosa. Las señales que de verdad justifican el cambio:

  • No responde. Tardanzas sistemáticas en contestar averías, dudas o solicitudes de los vecinos.
  • Las cuentas no cuadran o no llegan. Si pedir el estado de cuentas y el presupuesto anual se convierte en una odisea cada año, mala señal.
  • No convoca bien. Convocatorias fuera de plazo, órdenes del día genéricos, actas que tardan meses. Esto, además, deja acuerdos expuestos a impugnación (lo desarrollamos en la guía de convocatoria de junta).
  • Cero transparencia. No puedes ver los documentos de tu comunidad sin pedirlos por email y esperar.

Si lo que falla es la comunicación puntual, a veces se arregla con una conversación franca. Si es un patrón que se repite ejercicio tras ejercicio, el cambio está justificado.

Cómo cambiar de administrador de fincas paso a paso

Este es el procedimiento completo. Los pasos 3 y 4 son el núcleo legal; el resto es lo que evita problemas antes y después.

1. Revisa el contrato actual y el preaviso

Antes de mover nada, busca el contrato firmado con el administrador. Lo que tienes que mirar:

  • Duración y renovación. Muchos contratos se renuevan tácitamente por años. Saber en qué punto del ciclo estás te dice si hay coste por rescindir antes.
  • Plazo de preaviso. Lo habitual es uno o tres meses. Si rescindes sin respetarlo, el contrato puede obligar a la comunidad a pagar una indemnización.
  • Penalizaciones. Algunos contratos incluyen cláusulas de permanencia o penalización por cancelación anticipada. Conviene saberlo antes de la junta, no después.

La idea es simple: el cese del cargo es inmediato desde el acuerdo de la junta, pero el contrato de servicios se extingue respetando sus propias reglas. Cuadra las dos cosas y te ahorras una factura sorpresa.

2. Busca y compara nuevos administradores

No llegues a la junta sin alternativas concretas. Pide presupuesto a dos o tres administradores antes de convocar, para poder presentarlos como propuestas en el orden del día. Qué comparar:

  • Que sea administrador de fincas colegiado o cuente con la cualificación profesional exigible.
  • Honorarios y qué incluyen exactamente (¿gestión de morosos?, ¿asistencia a juntas extra?, ¿plataforma digital para los vecinos?).
  • Referencias de otras comunidades parecidas a la tuya.
  • Cómo gestiona la documentación y la comunicación: si vas a salir de un administrador opaco, asegúrate de que el nuevo no lo sea igual.

3. Convoca la junta con el cese y el nombramiento en el orden del día

El cambio de administrador se decide en junta —ordinaria o extraordinaria—, y el orden del día tiene que recogerlo con detalle suficiente. Un punto genérico tipo “cambio de administrador si procede” es justo el tipo de redacción que hace un acuerdo impugnable.

Redacción correcta del punto:

“Cese del actual administrador de fincas y nombramiento de nuevo administrador. Propuestas recibidas: empresa A (presupuesto adjunto) y empresa B (presupuesto adjunto).”

Recuerda incluir todo lo que exige una convocatoria válida —plazos, segunda convocatoria, listado de morosos, documentación adjunta—. Tienes el detalle completo y un modelo descargable en la guía de convocatoria de junta de vecinos.

4. Vota el cese y el nombramiento (mayoría simple)

Aquí está la buena noticia: cambiar de administrador es mayoría simple. Se aprueba con el voto favorable de la mayoría de los propietarios presentes y representados que, además, sumen la mayoría de las cuotas de participación (art. 17.7 LPH). No hace falta mayoría cualificada de tres quintos ni unanimidad.

Dos detalles que cuidar en la votación:

  • Vótalo como dos acuerdos separados: primero el cese del administrador actual, después el nombramiento del nuevo. Así, si por lo que sea no hay consenso sobre quién entra, al menos el cese queda firme.
  • Ojo con los morosos. Los propietarios con cuotas pendientes pueden asistir y opinar, pero no votan en los acuerdos que requieren mayoría (art. 15.2 LPH). Si no estás seguro de cómo se cuentan los votos según el tipo de acuerdo, repásalo en la guía de mayorías en la junta de vecinos.

Todo esto queda reflejado en el acta de la junta, que firman presidente y secretario. El acta es la prueba del acuerdo, así que tiene que recoger con claridad el cese, el nombramiento y la fecha de efectos.

5. Notifica el cese al administrador saliente

Aprobado el acuerdo, comunícalo por escrito al administrador saliente: una notificación formal del cese, con copia del acta o certificación del acuerdo, indicando la fecha de efectos y respetando el plazo de preaviso del contrato. Hazlo por un medio que deje constancia (email con acuse, burofax si la relación está tensa). Esto cierra la relación de forma limpia y deja claro desde cuándo deja de tener responsabilidad sobre la comunidad.

6. Exige el traspaso de documentación

Este es el paso donde más comunidades se atascan. El administrador saliente custodia documentación que es de la comunidad, no suya (art. 20.e LPH), y está obligado a entregarla. Reclámala por escrito, con un listado concreto y un plazo (el detalle de qué pedir está en la siguiente sección). Si se resiste, un requerimiento formal y, en último caso, la vía judicial; pero la mayoría de los casos se resuelven con una solicitud clara y por escrito.

7. Da de alta al nuevo administrador

Con la documentación en mano, el nuevo administrador asume sus funciones. Las gestiones prácticas del arranque:

  • Actualizar la firma autorizada en la cuenta bancaria de la comunidad.
  • Trasladar los contratos con proveedores y la póliza de seguro.
  • Comunicar el cambio de interlocutor a los vecinos.
  • Revisar que el estado de cuentas recibido cuadra con los saldos reales del banco.

Hecho esto, el cambio está completo.

Qué documentación tiene que entregarte el administrador saliente

Para que el paso 6 no se quede a medias, reclama esta lista concreta. Es lo mínimo que necesita el nuevo administrador para no empezar a ciegas:

  • Libro de actas completo y actualizado. (Y sí, si dudas, el libro de actas digital es legal y facilita mucho este traspaso).
  • Estado de cuentas con saldos, ingresos, gastos y derramas pendientes.
  • Listado de propietarios con domicilios de notificación designados.
  • Listado de morosos con importes y antigüedad de la deuda.
  • Contratos vigentes: proveedores, mantenimiento (ascensor, limpieza, jardinería), suministros.
  • Póliza de seguro de la comunidad y sus recibos.
  • Claves y datos de acceso a la banca y a cualquier plataforma de gestión.
  • Facturas y justificantes del ejercicio en curso y anteriores.
  • Documentación técnica: certificados, ITE, libro del edificio si lo hay.

Un traspaso ordenado es justo lo que distingue un cambio tranquilo de uno que arrastra problemas durante meses. Pide la entrega por escrito y con acuse: si más adelante falta algo, tendrás constancia de qué se reclamó y cuándo.

Errores típicos al cambiar de administrador

Lo que vemos que tuerce un cambio que debería ser sencillo:

Orden del día genérico. “Cambio de administrador si procede” sin nombres ni propuestas. El acuerdo nace expuesto a impugnación. Concreta las propuestas y adjunta presupuestos.

Olvidar el contrato. Cesar el cargo sin revisar el preaviso y acabar pagando una indemnización que se podía haber evitado planificando la fecha de efectos.

No separar cese y nombramiento. Si lo votas todo en bloque y no hay acuerdo sobre el nuevo, te quedas sin cesar al actual. Dos puntos, dos votaciones.

Dejar el traspaso al aire. Cesar al administrador y no reclamar la documentación de forma inmediata y por escrito. Cuanto más tiempo pasa, más cuesta recuperarla.

Confiar en lo verbal. Acuerdos, ceses y reclamaciones de palabra. Todo lo importante en este proceso tiene que quedar por escrito: en el acta, en las notificaciones y en la solicitud de documentación.

Cómo Vecindoc encaja aquí

El momento más incómodo de cambiar de administrador es el traspaso: descubrir que la documentación de tu comunidad estaba en el ordenador de una sola persona, en su email o en carpetas a las que la comunidad no tiene acceso directo. Si toda la documentación vive en una plataforma que es de la comunidad, el cambio deja de depender de la buena voluntad de quien se va.

Vecindoc centraliza precisamente eso:

  • Documentación de la comunidad, no del administrador: actas, contratos, presupuestos, facturas y derramas en un único sitio al que la comunidad siempre tiene acceso.
  • Estado de cuentas y listado de morosos actualizados, listos para entregar o auditar en cualquier momento.
  • Histórico completo de juntas y acuerdos, para que el nuevo administrador (o el presidente) se ponga al día sin depender de nadie.

Para una comunidad que está saliendo de un administrador opaco, tener la información centralizada y bajo su control es justo lo que convierte el próximo cambio —si algún día hace falta— en un trámite de quince minutos en lugar de una pelea por recuperar papeles.

Si tu comunidad es pequeña y todo está más o menos a mano, igual te apañas con lo que tienes. Vecindoc empieza a tener sentido cuando la documentación está dispersa y quieres que deje de depender de una sola persona. Si llevas la gestión todavía en Excel y carpetas físicas, este es buen momento para centralizar.


Cambiar de administrador de fincas no es el marrón que parece: es un acuerdo de mayoría simple en junta, con un orden del día bien redactado, un contrato revisado y un traspaso de documentación ordenado. Si tienes claro el procedimiento, cabe en una sola reunión.

Si vas a plantear el cambio en la próxima junta, descarga el pack esencial del presidente para tener la convocatoria y el acta a punto. Y si quieres que la documentación de tu comunidad deje de depender de quien la administre, empieza la prueba gratis de Vecindoc y centralízalo todo desde el primer día.

Si gestionas varias comunidades como administrador y quieres ofrecer justo lo contrario —transparencia y acceso para tus comunidades—, pídenos una demo y te enseñamos cómo encaja.


Este artículo es orientativo y se basa en la Ley de Propiedad Horizontal vigente. No constituye asesoramiento legal. Para casos concretos —especialmente si hay un contrato con cláusulas de permanencia, una indemnización en disputa o el administrador saliente se niega a entregar la documentación—, consulta con un administrador de fincas colegiado o un abogado especializado en propiedad horizontal.

Preguntas frecuentes

¿Qué mayoría se necesita para cambiar de administrador de fincas?
Mayoría simple: basta con que voten a favor la mayoría de los propietarios presentes y representados que, a su vez, sumen la mayoría de las cuotas de participación (art. 17.7 LPH). No es un acuerdo que requiera mayoría cualificada ni unanimidad. El cese del administrador y el nombramiento del nuevo se votan como dos puntos separados del orden del día.
¿Puede la comunidad cambiar de administrador en cualquier momento?
Sí. El cargo dura un año salvo que los estatutos digan otra cosa, pero la junta puede remover al administrador antes de que termine su mandato en cualquier momento, convocando junta extraordinaria (art. 13.7 LPH). Otra cosa es el contrato de servicios: si lo rescindes antes de tiempo sin respetar el preaviso pactado, la comunidad puede tener que pagar una indemnización.
¿Qué documentación tiene que entregar el administrador saliente?
El libro de actas, el estado de cuentas actualizado con saldos y deudas, los contratos con proveedores y aseguradoras, el listado de propietarios y morosos, las claves de acceso a la banca de la comunidad, las facturas del ejercicio y cualquier documento que custodie por su cargo (art. 20.e LPH). El traspaso debe hacerse en un plazo razonable tras el cese.
¿Hay que avisar al administrador saliente con antelación?
El cese del cargo es efectivo desde el acuerdo de la junta, pero el contrato de prestación de servicios suele fijar un plazo de preaviso (habitualmente uno o tres meses). Revisa el contrato antes de la junta: si rescindes sin respetar ese plazo, podrías deber la indemnización pactada. Lo limpio es comunicar el cese por escrito y respetar el preaviso.
¿Puede el presidente cambiar de administrador sin junta?
No. El presidente representa y ejecuta acuerdos, pero no decide por su cuenta. Nombrar o cesar al administrador es competencia exclusiva de la junta de propietarios. El presidente puede proponer el cambio e incluirlo en el orden del día, pero la decisión la toma la junta por votación.